JurídicoESEN
Order (Auto)September 14, 2022

A- de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera

✓Claimant Hueje Vargas Lina Maria Y Otros·Respondent Departamento Del Huila Secretaria De Salud Departamental Y Municipio De Neiva

✓
Topic · hard data
Conflicto Sobre Responsabilidad Civil Extracontractual.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Conflictos sobre responsabilidad civil extracontractual
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones entre los juzgados Séptimo Administrativo del Circuito de Neiva y Cuarto Civil del Circuito de la misma ciudad.

Dicha controversia se originó respecto el conocimiento de la demanda de reparación directa presentada por varios ciudadanos en contra del departamento del Huila –Secretaría de Salud Departamental–; el municipio de Neiva –Secretaría de Salud Municipal y Secretaría de Movilidad de Neiva–; la empresa Ambulancias y Servicios Médicos del Sur S.A.S. y de varios particulares.

Como pretensiones, solicitaron que se declare la responsabilidad extracontractual de los demandados en el siniestro vial que ocasionó la muerte del señor Cano Caro y se ordene el pago de la indemnización por los perjuicios ocasionados como consecuencia de la falla del servicio.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera la regla de decisión establecida en el Auto 056 de 2022, según la cual, “en aquellos casos en los que se demanda la responsabilidad extracontractual de una entidad pública y de una persona jurídica particular o una natural sometida al derecho privado, el juez competente se debe determinar por el factor de conexidad o fuero de atracción, que no opera automáticamente sino que debe aplicarse en atención a los siguientes criterios: (a) identidad de hechos y de causa; (b) probabilidad ‘mínimamente seria’ de que las entidades estatales serán condenadas; y (c) fundamentos fácticos y jurídicos para imputar el daño antijurídico a la entidad estatal”.

En tales términos, al no configurarse los criterios orientadores para dar aplicación al fuero de atracción, la Sala Plena concluye que la autoridad judicial competente para conocer la presente demanda es el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Neiva y, por lo tanto, ordena remitirle el expediente para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre los juzgados
  2. Séptimo. Administrativo del Circuito de Neiva y
  3. Cuarto. Civil del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Cuarto. Civil del Circuito de Neiva es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por Lina María Hueje Vargas, en nombre propio y en representación de sus hijos menores de edad; Margarita del Carmen Caro de Cano; Daniel Antonio Caro Cano; Blanca Oliva Caro Cano; y Rómulo Hueje Alarcón.
  5. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-1496 al Juzgado
  6. Cuarto. Civil del Circuito de Neiva para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
  7. Séptimo. Administrativo del Circuito de Neiva.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.